Por Pedro Félix García García | Julio 7, 2017 - 8:08 am - Publicado en Motor

Vista trasera de un ‘pick-up’ de caja cerrada

Vista trasera de un ‘pick-up’ de caja cerrada

Pedro Félix García. Desde el viernes 7 de julio (San Fermín) cambia la normativa que regula la circulación de los vehículos tipo “pick-up”; y esta vez el cambio favorece a los usuarios.

La Dirección General de Tráfico equipara ahora a los vehículos tipo “pick-up” con los turismos, cosa que favorece -y mucho- a los usuarios de tan peculiares vehículos, pues hasta ahora su circulación había venido regulándose por las mismas restricciones que afectan a los camiones.

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Caja de carga de tipo abierto

Caja de carga de tipo abierto

Generalmente, los “pick-up” son poderosos “todoterrenos”, con dos o cuatro ruedas motrices según decida su conductor en cada instante en función de las condiciones del suelo que pisa, que pueden adquirirse provistos de cajas de cambio manuales o automáticas -según las preferencias del comprador-, y capaces de subir por rampas empinadísimas o bajar por pendientes inverosímiles. Generalmente también suelen tener su caja de carga descubierta, aunque también los fabricantes ofrecen opcionalmente cajas de carga cerradas que, estéticamente, otorgan a estos vehículos un aspecto aún más espectacular, aunque ya les advertimos a ustedes que resultan poco prácticas porque, en realidad se convierten en simples maleteros cerrados; enormes, eso sí (de 1,50 m x 1,50 m aproximadamente) pero, al fin y al cabo, nada más que vulgares maleteros de altura interior limitada, en los que resulta dificilísimo llegar a alcanzar los objetos más alejados.

Vista trasera de un ‘pick-up’ de caja abierta

Vista trasera de un ‘pick-up’ de caja abierta

Los vehículos tipo “pick-up” carecen de clasificación fiscal propia dentro del Reglamento General de Vehículos, por lo que, en base a que se caracterizan porque su principal particularidad es la que la parte destinada a la mercancía y espacio para carga en general, se encuentra separada de la cabina o habitáculo destinado a los ocupantes, hasta ahora se les consideraba como camiones, cuya definición es la que más se ajustaba al aspecto de los “pick-up”; el Reglamento General de Vehículos define a los camiones como vehículos con cuatro ruedas o más, concebidos y construidos para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería, y con un máximo de 9 plazas incluido el conductor.

Sin embargo, un “pick-up” es otra cosa. Considerarlo un camión es una definición aplicada con calzador. Ni siquiera cabe considerarlos camiones ligeros. Todo “pick up” tiene el gran encanto y utilidad de su caja de carga separada y generalmente descubierta, pero también tiene sus limitaciones, como, por ejemplo, la de que, al no existir maletero propiamente dicho, todo cuanto transportemos siempre queda a la vista de la gente, tanto a través de los cristales del habitáculo -si los objetos se encuentran en su interior-, como en la caja de carga; en este último caso no sólo quedan a la vista de extraños sino también a su alcance. Pero lo peor es que los “pick-up” están homologados legalmente como “camión caja abierta” -y así consta escrito en su ficha técnica-; lo que conlleva a que su velocidad máxima legal permitida es la misma que la de cualquier otro vehículo industrial de transporte de mercancías, esto es: 80 Km/h.

Hasta aquí lo que recoge el Reglamento General de Vehículos español.

Con caja cerrada es dificilísimo llegar hasta el fondo

Con caja cerrada es dificilísimo llegar hasta el fondo

Frente a la referida normativa, también existe la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que define el marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos -Directiva marco-, que recoge por separado y de manera diferenciada, dentro de sus definiciones de vehículos -y en función de los distintos tipos de carrocería- los vehículos tipo “pick-up”. A tal efecto, se define en el ámbito de la referida Directiva al “pick-up” como un vehículo cuya masa máxima no es superior a 3.500 kilogramos, en el que las plazas de asientos y la zona de carga no están situadas en un compartimento único.

Evidentemente, la aplicación estricta a los vehículos tipo “pick-up” de las normas vigentes para la circulación de camiones, ha venido generando una disfunción ilógica. La reciente promulgación de la Instrucción 17/TV-97, firmada el pasado día 7 de junio por el director general de Tráfico, don Gregorio Serrano, trata de adaptar la antes mencionada Directiva europea a la normativa española.

Vista delantera de un ‘pick-up’ clásico

Vista delantera de un ‘pick-up’ clásico

Según la citada Instrucción 17/TV-97 de la Dirección General de Tráfico: “a los vehículos tipo pick-up, cuya masa no sea superior a 3.500 Kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único y cuya altura total no sea superior a 2 m, les serán de aplicación las mismas normas de circulación que a los vehículos tipo turismo (uso de carriles en sentido contrario al habitual, orden de preferencia en ausencia de señalización, adelantamientos, velocidades, niveles de servicio en situaciones de vialidad invernal, uso de carriles VAO,…). Se aclara en la Instrucción que no quedan modificadas cualesquiera otras obligaciones (fiscales, periodicidad de ITVs,…) derivadas de su clasificación formal en el registro de Vehículos como camión por criterios de construcción.

Dado que la referida Instrucción cobra validez al mes de su publicación, es por lo que, a partir del día de San Fermín -7 de julio de 2017- es cuando los vehículos tipo “pick-up” dejan de tener limitada su velocidad máxima de circulación en España a como la tienen limitada los camiones, pasando desde dicha fecha a ser la misma que la del resto de los turismos.


Este articulo fue publicado el 7 Julio 07Europe/Madrid 2017 a las 8:08 am y esta archivado en Motor. Puedes suscribirte a los comentarios en el RSS 2.0 feed. Puedes escribir un comentario, o hacer trackback desde tu propia web.

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