Por Antonio Adeliño Vélez | Mayo 14, 2015 - 6:19 am - Publicado en Opinión

Antonio Adeliño Vélez. Seguro que al avezado lector, le choca el título que he dado a estas líneas y observa una contradicción en sus términos; pues se entiende que la solidaridad es desinteresada, ya que si mediara interés, estaríamos hablando de una contraprestación entre particulares o entidades. Algo así como: Yo te doy esto, a cambio de aquello.

Pero no hay contradicción en el caso de los donativos nominales que hacemos a las fundaciones, asociaciones u organismo, acogidas al régimen fiscal especial de la ley tributaria; pues estas aportaciones nos reportan un beneficio en forma de desgravación fiscal en nuestra declaración de la renta. En este caso, la generosidad tiene premio y nos resta una cuantía interesante en el Impuesto al Rendimiento de las Personas Físicas (IRPF).

Infografía: Javier Marqués | Solidaridad interesada

Infografía: Javier Marqués | Solidaridad interesada

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Hasta el año 2015 la cuantía deducible era del 25%, pero en la última reforma tributaria, los porcentajes han aumentado a favor del donante y será del 27´50% para los donativos realizado en el año 2015 y del 30% para los del año 2016. Con la salvedad de que los primeros 150 euros desgravarán al 50% en 2015 y al 75% en 2016. Lo que en su conjunto, supone un ahorro impositivo muy interesante para quienes contribuimos con nuestras generosas aportaciones, al funcionamiento y desarrollo de las actividades de estas entidades sin ánimo de lucro.

Esto significa que una persona que aporte 120 euros al año (10 mensuales) a una entidad reconocida por la administración tributaria, podrá desgravarse 90 euros en su declaración de la renta; con lo que su esfuerzo económico se reducirá a 30 euros, aunque su contribución efectiva a la Institución elegida, sea cuatro veces más.

A parte de los donativos nominales (no anónimos), existe otra forma de colaborar por vía de la declaración de la renta, con la Iglesia Católica o con otras Instituciones que realizan actividades de interés social. En este caso no hay coste alguno para el contribuyente, por lo que no vamos a ingresar más, ni nos van a devolver menos.

Simplemente indicamos a la administración que el 0,7% de la base imponible se destine a uno, o a los dos organismos marcados con la “x”, en lugar de ir directamente a la caja general de Hacienda.

Así pues, iniciada ya la campaña para presentar la declaración de la renta, seamos interesados; y ya que hemos sido desprendidos, no olvidemos incluir las cuotas y donativos que hemos aportados a estas Entidades para el desarrollo de su labor social.


Este articulo fue publicado el 14 Mayo 14Europe/Madrid 2015 a las 6:19 am y esta archivado en Opinión. Puedes suscribirte a los comentarios en el RSS 2.0 feed. Puedes escribir un comentario, o hacer trackback desde tu propia web.

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