Redacción. El presidente de la asociación de vecinos de Santa Catalina, presentó el pasado lunes 22 de enero en el registro electrónico municipal, un recurso al Ayuntamiento de Aranda de Duero por una notificación recibida, donde se le comunica que se desestima una solicitud presentada para que se restaurara la legalidad en la C/ Isilla, con el cumplimiento de la normativa de movilidad, y se ordenara la retirada de la valla delimitadora de una terraza del bar restaurante “El Lagar de Severino” y se dejara libre un espacio de 1,80 mts., en la línea de fachada para el paso de invidentes y discapacitados.
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A la contundente afirmación escrita del Ayuntamiento de que “se cumple” la normativa, pues así lo recoge la Ordenanza municipal de veladores en su artículo 2, apartado h); Antonio Adeliño alega que la citada Ordenanza es ilegal, conforme se determina en la Resolución del Procurador del Común de fecha 31/05/2023, que insta al Ayuntamiento de Aranda de Duero, a modificar la Ordenanza municipal reguladora de veladores y terrazas en la vía pública, para eliminar la posibilidad de ocupar el espacio inmediato a la línea de fachada. Recalcando también que la Orden Ministerial TMA 851/2021 que desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad, es meridianamente clara respecto a dejar libre el itinerario peatonal en 1,80 mts., desde la línea de fachada hacia el centro de la vía.
Por otra parte, insiste el recurrente, que el incumplimiento de la norma en unos lugares, supone discriminar a los establecimientos que cumplen con lo establecido, y que en algunos casos han tenido que hacer obras y retrancarse hacia el interior para poder montar una terraza exterior. Y pone como ejemplo el Bar Mejillón en la C/ Santiago del barrio de Santa Catalina.
Además, afea al Ayuntamiento el incumplimiento de lo preceptuado en el artículo 58 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de procedimiento administrativo…, que determina la obligación de indicar al administrado, el derecho que tiene a presentar alegaciones o recursos y los plazos con que cuenta para interponerlos.
Termina el recurso, solicitando que se deje sin efecto la notificación desestimatoria aludida, y se siga el procedimiento para restaurar la legalidad en la vía pública, dejando expedita la línea de facha de la c/ Isilla, conforme determinan la Orden Ministerial y la Resolución del Procurador del Común, referenciadas anteriormente.
Este articulo fue publicado el 24 Enero 24UTC 2024 a las 7:48 am y esta archivado en Es Noticia. Puedes suscribirte a los comentarios en el RSS 2.0 feed. Puedes escribir un comentario, o hacer trackback desde tu propia web.